Por: Mtro. Rodolfo Guerrero Martínez (México)

«La protección de datos personales y la transparencia no son solo requisitos legales, sino pilares para construir una sociedad más justa y una administración pública más confiable»

 

En el entramado de la gobernanza contemporánea, la transparencia, el acceso a la información pública y la protección de datos personales emergen como pilares fundamentales para el sostenimiento de una sociedad democrática y la salvaguarda de los derechos individuales.

Dichos elementos, intrínsecamente conectados, buscan asegurar la rendición de cuentas de los entes públicos, facilitar la participación ciudadana informada y proteger la esfera privada de los individuos en un contexto digital cada vez más complejo. 

Respecto al ámbito estatal de Jalisco, la consolidación y el avance de estos derechos se enfrentan a un panorama dinámico, marcado por retos inherentes a la implementación efectiva de la legislación y oportunidades derivadas de la necesidad de adaptación a los cambios en el entorno institucional y tecnológico.

De esta manera, el escenario actual en Jalisco se complejiza al considerar las recientes modificaciones a nivel federal, particularmente en lo referente a la autoridad garante en materia de protección de datos personales. La desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y la asignación de sus funciones a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno a nivel federal, sumada a la consideración de la Contraloría del Estado como la nueva entidad encargada en Jalisco en lugar del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI), plantea desafíos significativos en la continuidad y coherencia de las políticas y la aplicación de la ley a nivel local.

Esta reconfiguración institucional exige una revisión profunda del marco normativo estatal para garantizar la articulación con las nuevas estructuras federales y la efectiva transferencia de competencias a la Contraloría del Estado.

Por tanto, en el presente trabajo se sostendrá tanto las implicaciones en materia de transparencia y de protección de datos personales en el escenario de transición del ITEI, el órgano garante estatal a la Controlaría del Estado, así también, aquellas consideraciones generales derivadas de la mesa de gobernanza interinstitucional, y de los Diálogos de Co-creación.

Implicaciones en materia de transparencia y de protección de datos personales conforme a la reforma estatal

En el contexto jurídico del Estado de Jalisco, la promulgación y las subsecuentes reformas a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para la referida entidad federativa y sus municipios, que configuran un marco normativo que delimita las responsabilidades de las autoridades y garantiza los derechos de los ciudadanos en materia de información pública y protección de su esfera personal. 

Esta legislación estatal establece los principios fundamentales que rigen el tratamiento de los datos personales por parte de cualquier entidad pública en Jalisco, abarcando desde los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, hasta los ayuntamientos, órganos autónomos y partidos políticos.

Ahora bien, la reforma implica la transferencia de funciones del ITEI a la Contraloría que asumirá la responsabilidad de garantizar el ejercicio del derecho a la protección de datos, hacerlo accesible a la población y desarrollar políticas de difusión. Además, tendría la función de proporcionar información a las personas sobre sus derechos, los procesos de protección y denuncia en materia de datos personales. 

Cabe destacar que, la Contraloría del Estado al convertirse en la autoridad garante del acceso a la información pública deberá garantizar el cumplimiento de los principios y disposiciones establecidos en la Ley de Transparencia [próxima a reformarse y/o crearse una nueva] por parte de los sujetos obligados. 

En ese sentido, recibiría y resolvería los recursos de revisión interpuestos por los solicitantes de información que se sientan agraviados por las respuestas o la falta de respuesta de los sujetos obligados.

Conforme a lo precedente, por medio de las próximas líneas se describirá de manera amplia más limitativa) algunas de las implicaciones para las nuevas normativas.

En principio ubicamos la adaptación a la nueva autoridad federal, donde la reforma debe alinear la legislación local con la nueva distribución de competencias a nivel federal. Dado que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ha asumido las funciones que antes correspondían al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en materia de protección de datos personales a nivel federal, la ley estatal debe contemplar la interacción y los mecanismos de coordinación con esta nueva entidad. Esto incluye:

(I) Reemplazar las referencias al INAI en la Ley de Transparencia y en la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco con referencias a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno cuando corresponda a funciones federales.

(II) Establecer los mecanismos de colaboración y cooperación entre la Contraloría del Estado (como hipotética nueva autoridad garante local) y la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Esto podría incluir la suscripción de convenios.

(III) Considerar los criterios, lineamientos y recomendaciones que emita la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en materia de protección de datos personales.

(IV) Transferencia de Competencias al Contraloría del Estado. Esto implica modificar artículos en ambas leyes estatales (Transparencia y Protección de Datos Personales) para reflejar este cambio de autoridad garante local.

Ahora bien, en cuando a la transparencia y el acceso a la información pública que debería aplicar la Contraloría comprende: Garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como la máxima publicidad, la gratuidad, la sencillez y la oportunidad.

Por otra parte, se tendrá que asumir las atribuciones del Comité de Transparencia a nivel estatal (previamente supervisado por el ITEI), como coordinar y supervisar las acciones para garantizar el derecho de acceso a la información, resolver recursos de revisión en materia de acceso, y establecer criterios para una mejor observancia de la ley.

Así mismo, la Contraloría deberá encargarse de supervisar las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados a nivel estatal y municipal, además de capacitarlos. También será responsable de recibir y resolver los recursos de revisión interpuestos por los ciudadanos en materia de acceso a la información pública.

Por supuesto, deberá vigilar el cumplimiento de la Ley de Transparencia por parte de los sujetos obligados en el estado; y podría emitir lineamientos y criterios para la correcta aplicación de la normativa en comento a nivel local. Por ejemplo, para la elaboración de avisos de privacidad, parámetros para la validación de mejores prácticas, y para la imposición de medidas de apremio y sanciones.

Con respecto a la Protección de Datos Personales (en la Contraloría), aplicará la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios. Presentando diferentes puntos como:

(I) Garantizar la observancia de los principios de protección de datos personales establecidos en la ley local y la Ley General. Estos incluyen licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad.

(II) Supervisar el cumplimiento de los deberes de los responsables de datos personales, como la implementación de medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas, la elaboración de avisos de privacidad, y la atención a los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición).

(III) Gestionar y resolver las solicitudes de ejercicio de los derechos ARCO.

(IV) Conocer y resolver los recursos de revisión interpuestos por los titulares de datos personales.

(V) Llevar a cabo procedimientos de verificación en caso de presuntos incumplimientos a la ley.

(VI) Imponer medidas de apremio y sanciones por el incumplimiento de las obligaciones en materia de protección de datos personales.

(VII) Fomentar una cultura de protección de datos personales en el estado.

(VIII) Emitir lineamientos y criterios para la correcta aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales a nivel local.

Adicionalmente esto reconoce consideraciones adicionales, tales como la transición, donde la reforma debe establecer disposiciones transitorias claras para la transferencia de funciones, expedientes y recursos del ITEI a la Contraloría del Estado, garantizando la continuidad en la atención de solicitudes y recursos;

La capacitación, en la cual será fundamental un programa de capacitación robusto para los funcionarios de la Contraloría del Estado en materia de transparencia y protección de datos personales, dado que asumirían nuevas responsabilidades;

Los recursos que deben prever los humanos, técnicos y financieros necesarios para que la Contraloría pueda desempeñar eficazmente sus nuevas funciones.

La coordinación Interna dentro de la Contraloría, se deberá establecer una estructura clara y áreas especializadas para atender los temas de transparencia y protección de datos personales;

Mejores Prácticas, donde la reforma puede considerar la incorporación de mecanismos de mejores prácticas en materia de protección de datos personales y transparencia, fomentando la adopción de estándares elevados;

Y, evaluación de Impacto en la protección de datos personales para políticas públicas y sistemas que impliquen un tratamiento intensivo de datos.

Mesa de Gobernanza Interinstitucional para la construcción de la reforma de transparencia en Jalisco

Se instalo el pasado 10 de febrero del año 2025 la mesa de gobernanza interinstitucional presentando la intervención de las siguientes autoridades: Alberto Esquer Gutiérrez, Jefe de Gabinete del Gobierno de Jalisco; María Teresa Brito Serrano, Contralora del Gobierno del Estado de Jalisco; Cynthia Patricia Cantero Pacheco, Secretaria de Planeación Participación Ciudadana del Gobierno del Estado de Jalisco; Olga Navarro Benavides, Comisionada Presidenta del ITEI; y Pedro Vicente Viveros Reyes, Presidente del Comité de Participación Social del SEAJAL.

En dicho acto se sostuvo el reto jurídico que esto conlleva para co-crear una innovadora Ley Estatal de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales en el Estado de Jalisco, con el objetivo que sea referente a nivel nacional, y marque la hoja de ruta para otras entidades federativas.

En ese sentido, se han creado los Diálogos de Co-creación, los cuales son convocados y organizados por la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana de Jalisco. A través de ellos, se han planteado valiosas consideraciones generales para establecer en lo estatal ante las modificaciones hechas a nivel federal, mismas que nos permitirán poner en relieve lo siguiente:

(1) Mantener y fortalecer los estándares de Jalisco. Dado a que esta entidad federativa ha sido pionera en transparencia y acceso a la información, es fundamental que la reforma busque mantener e incluso superar los estándares actuales en plazos de respuesta, causales de reserva, y mecanismos de acceso. La ley federal representa una regresión, por lo que Jalisco debe esforzarse por no retroceder.

(2) Ejercicio Pleno del Federalismo. Jalisco debe ejercer su autonomía para diseñar una ley que responda a las necesidades de sus ciudadanos, sin replicar necesariamente los aspectos negativos de la reforma federal. Esto implica tener un marco legal robusto.

(3) Salvaguardar la Independencia del Órgano Garante (Contraloría del Estado). Si bien la Contraloría asumirá funciones del ITEI, es vital garantizar su independencia funcional y operativa para evitar injerencias políticas. Se deben establecer criterios objetivos y mecanismos de vigilancia para los nombramientos del personal encargado de estas funciones dentro de la Contraloría.

(4) Fortalecer la Tutela del Derecho. Ante la desaparición del INAI como órgano garante a nivel federal para temas estatales, Jalisco debe asegurar una tutela judicial efectiva para la protección del derecho de acceso a la información a nivel local. Se podría considerar la creación de una sala constitucional local que resuelva de manera expedita las violaciones a este derecho.

(5) Participación Ciudadana Activa (Co-creación). El proceso de reforma debe seguir un modelo de co-creación, incorporando las voces de la sociedad civil, la academia, los medios de comunicación, y los ciudadanos en general. Los foros y consultas son esenciales para enriquecer la propuesta de reforma.

 

Sin duda, la reforma legislativa puede ser un momento propicio para reforzar los mecanismos de coordinación entre las autoridades locales y federales, optimizar los procedimientos para el ejercicio de los derechos de acceso y protección de datos, e incorporar mejores prácticas nacionales e internacionales en ambas materias. La Contraloría del Estado, al asumir estas nuevas responsabilidades, tiene la oportunidad de consolidar una visión integral de la rendición de cuentas, abarcando tanto la transparencia activa y pasiva como la protección de la información personal en posesión de los sujetos obligados.

En suma, el panorama de la transparencia, la información pública y la protección de datos personales en Jalisco se encuentra en un punto de inflexión donde los retos derivados de la reconfiguración institucional a nivel federal y la potencial transferencia de funciones al Contraloría del Estado exigen una reforma legislativa cuidadosa y exhaustiva. No obstante, esta coyuntura también brinda oportunidades para fortalecer los marcos normativos e institucionales, promoviendo una cultura de transparencia y protección de datos más robusta y adaptada a los desafíos de la era digital, en beneficio de la ciudadanía jalisciense.

 

Fuentes de consulta

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios (15/05/2021). https://www.zapopan.gob.mx/wp-content/uploads/2021/06/LPDPEJM_Proteccion_170521_Estatal.pdf

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. (20/03/2025). https://www.zapopan.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/Ley_General_Proteccion_de_Datos_Personales_en_Posesion_de_Sujetos_Obligados_20032025.pdf

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. (20/03/2025). https://www.zapopan.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/Ley_General_de_Transparencia_y_Acceso_a_la_Informacion_Publica_20032025.pdf

VALVERDE LOYA, Miguel Ángel (2004). Transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas: Elementos conceptuales y el caso de México. Véase en: https://catedraunescodh.unam.mx/catedra/CONACYT/04_Docentes_UdeO_ubicar_el_de_alumnos/Contenidos/Lecturas%20obligatorias/M.5_cont_1_Valverde_Loya.pdf

Universidad Panamericana Campus Guadalajara (s. f.). Diálogos de Co-creación: Hacia la construcción de la reforma de transparencia en Jalisco [Video]. YouTube. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=fpuLx3R0oVM

Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana (s. f.). Diálogos de Co-creación: Transparencia municipal (Retos y alcances ante la nueva legislación) [Video]. YouTube. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=x_QSIJVVD20