Por: Rodolfo Guerrero Martínez (México).
“El conocimiento es poder siempre que exista consciencia,
de lo contrario se vuelve en instrumento de sometimiento”.
Rodolfo Guerrero Mtz.
El término de sociedad del conocimiento desempeña un lugar indispensable en la discusión actual dentro de las ciencias sociales y buena parte de la política internacional. No obstante representa un problema, debido a su aplicación desigual en diferentes áreas lingüísticas teniendo como punto de encuentro términos como la sociedad de la red o sociedad de la información.
En ese sentido, autores como Pons (2010) y Vargas (2015a) plantean que la incorporación de las tecnologías digitales en la educación superior exige a la universidad proponerse nuevos objetivos en relación con los procesos de enseñanza y aprendizaje en el contexto de la sociedad de la información y del conocimiento.
Por otra parte, Martínez (2012) y Gewerc (2014), sostienen que las economías basadas en el conocimiento sitúan a la universidad en un lugar destacado para su desarrollo, por lo cual se plantean preguntas relacionadas con la relevancia del conocimiento, su proceso de construcción y circulación, su legitimación y sus potenciales beneficiarios.
En el caso de México, resulta obligado considerar las políticas públicas y leyes relacionas con las tecnologías de la información y comunicación (TIC) que cuentan con el objetivo de su manejo y acceso, pero que no contempla el desarrollo de habilidad de literacidad digital las cuales son cruciales para el usuario, y de manera específica a los estudiantes.
Ejemplo de lo anterior, radica en la reforma hecha sobre el derecho de acceso a las TIC y a servicios de radiodifusión y telecomunicación contenido en el artículo sexto constitucional. Además de contener actualmente entre sus principales desafíos, la administración de la información y la generación del conocimiento a través del contenido nuevo.
En el presente artículo abordaremos las nociones generales de literacidad, la literacidad digital, además de resaltar algunos aspectos a la reforma constitucional hecha en materia educativa en el año 2019.
Nociones generales de la literacidad
Etimológicamente literacidad proviene del inglés literacy, estado o condición de ser “literate”, es decir, educado y listo para leer y escribir. En ese sentido, la literacidad puede definirse como el conjunto de competencias que hacen hábil a una persona para recibir y analizar información en determinado contexto por medio de la lectura y poder transformarla en conocimiento posteriormente para ser consignado gracias a la escritura.
Sin embargo, el uso de este término es relativamente reciente y de alcance limitado en lengua española; comprende una serie de complejidades en su tratamiento conceptual. La literacidad implica la adquisición, uso y desarrollo del lenguaje oral y escrito. Al respecto, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO (1), señala:
Literacidad es un concepto que ha demostrado ser tanto complejo como dinámico, continuamente interpretado y definido en una multiplicidad de formas. La noción de las personas sobre el significado de ser alfabeto o analfabeto está influenciada por la investigación académica, agendas institucionales, el contexto nacional, valores culturales y experiencias personales.
Literacidad digital
En la época de la hiperconectividad resulta prioritario establecer que, la literacidad digital es un proceso o aquella capacidad de interactuar con la información, en el cual podemos incursionar las habilidades que nos permitan manejar de forma adecuada todas las herramientas de internet; será necesario que las personas incorporen estas herramientas y que tenga una responsabilidaden su uso para su auto preparación.
Precisamente ante lo mencionado en lo precedente, su objetivo primordial es la difusión del conocimiento y la información real y confiable mediante los distintos medios digitales. A continuación compartimos algunas características
(1) Analizar información. Consiste en la búsqueda eficaz y recopilación de la información obtenida.
(2) Comunicación asertiva. Permite la resolución de los problemas presentados.
(3) La lectura y la escritura. Son prácticas insertadas en estructuras sociales las cuales nos ayudan a dar forma a la educación.
(4) La capacidad de interactuar con la información. Permite la valoración, uso y manipulación pertinente de la información.
(5) Sirven de marco. Permiten delimitar los perfiles de saberes digitales de los usuarios.
(6) Integración. Consiste en el saber utilizar las nuevas tecnologías.
La literacidad digital o también pronunciado alfabetismo digital, exige mayor uso intensivo y más complejo de la lectura. En principio, por la considerable cantidad de información, y en segundo punto, por la diversidad de fuentes o sitios web desde los cuales se descargan contenidos; en tercero, por la escasa fiabilidad de muchos de ellos; y finalmente, por los sesgos ideológicos de muchas páginas web en los cuales se vehiculan contenidos sexistas, machistas, racistas, fundamentalismos religiosos, etc., los cuales reproducen ideologías dominantes y formas de abuso del poder, además de contenidos que incitan al consumo y la banalidad (2).
Reforma constitucional del año 2019 en materia educativa
La reforma al artículo 3. º Constitucional, vigente a partir del 15 de mayo del 2019, estableció que “el Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos”.
Cabe resaltar que, el decreto (3) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa establece lo siguiente;
“La educación preescolar, primaria y secundaria forman parte de la educación básica; el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de dichos niveles educativos en toda la República para tal efecto, considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de diversos actores sociales involucrados en la educación; dichos planes y programas tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: la enseñanza de las matemáticas, la lecto-escritura, la literacidad, la historia, la geografía, el civismo, la filosofía, la tecnología, la innovación, las lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas extranjeras, la educación física, el deporte, las artes, en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente, entre otras, y el Estado garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno, sean idóneos y contribuyan a los fines de la educación”.
Conclusión general
La literacidad o alfabetismo digital requiere del desarrollo de una gran variedad de multicompetencias digitales que deben de ser integradas al currículo de los programas de pregrado universitarios para que éste sea dialogante con relación a las necesidades laborales, el trabajo colaborativo en redes, el desarrollo del pensamiento crítico, la creatividad, el liderazgo, la producción de conocimiento y la creación de redes sociales y académicas.
Este tipo de alfabetización implica usar y entender críticamente los contendidos, construir conocimiento colaborativa, movilizada más por las interacciones basadas en pasiones grupales que en currículos gobernados por los profesores y las instituciones. Lo anterior, presenta retos a las formas tradicionales de pensar, acerca la educación con relación a lo que sucede en el salón de clase, lo que hacen los profesores y la misión de las instituciones educativas.
Fuentes de consulta
Programa de formación en alfabetización mediática e informacional destinado a los docentes. UNESCO, 2006. Véase en: https://t.ly/Oqnv
VARGAS FRANCIO, Alfonso. Literacidad crítica y literacidades digitales: ¿una relación necesaria? (Una aproximación a un marco teórico para la lectura crítica). Red de Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal, 2015, p.141.
ACUERDO número 20/11/19 por el que se modifica el diverso número 12/10/17 por el que se establece el plan y los programas de estudio para la educación básica: aprendizajes clave para la educación integral. Véase en: https://t.ly/1N-t
Notas
2° Congreso Internacional de Literacidad. Instituto Transdisciplinar en Literacidad, Universidad de Guadalajara, año 2021. Participación de Rodolfo Guerrero Martínez, 2:46:07. Véase en: https://t.ly/DT2-
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Rodolfo Guerrero es abogado por la Benemérita Universidad de Guadalajara y maestro en derecho con orientación en materia Constitucional y administrativo por la misma casa de estudios. Es Socio Fundador y Representante Legal de la Sociedad Civil Coffee Law “Dr. Jorge Fernández Ruiz”. Socio fundador de la Academia Mexicana de Derecho “Juan Velásquez” A.C. Titular de la Comisión de Legaltech del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México A.C. Capítulo Occidente. Vicepresidente de la Academia Mexicana
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