Por: Rodolfo Guerrero Martínez (México)
En el marco de la conferencia anual Connect celebrada el día jueves 28 de octubre del año 2021 el CEO de Facebook, Mark Zuckerberg dio a conocer que su empresa cambiaria de nombre a Meta para promover el siguiente nivel en la tecnología (del actual internet móvil), el Metaverso. No obstante, el origen del término no es a partir del presente anuncio sino del siglo pasado.
El término proviene de una novela de 1992, escrita por Neal Stephenson titulada Snow Crash. En esta obra se hace referencia a un mundo virtual que fue creado para ser similar a la realidad externa. Posteriormente, localizamos el caso de The Second Life del año 2003, metaverso concebido por integrantes del ecosistema de Sillicon Valley, enfocados en el desarrollo de tecnología virtual.
Resulta importante que comprendemos esta nueva etapa tecnológica, a partir de su composición, en ese sentido, uno de los pilares conceptuales básicos del Metaverso es la realidad virtual, que brinda un espacio alterno donde el usuario/persona tiene la posibilidad de sustituir la realidad natural por otra diferente. En ese entorno podemos encontrar temas de educación, entretenimiento, deporte, cultura, ciencia, economía, entre otros. Sin embargo, además de generar nuevos beneficios también advierte grandes problemas para la tutela de los derechos humanos.
En el presente artículo desarrollaremos los aspectos generales técnico-jurídicos del Metaverso, el caso de audiencia en Colombia desempañada en el entorno virtual y finalmente las oportunidades y desafíos del derecho para su aplicación en el Metaverso.
- Aspectos Generales Técnico-Jurídicos del Metaverso
En principio, debemos señalar jurídicamente los conceptos clave para la mejor comprensión de los desafíos en el mundo virtual. El primero de ellos es la sociedad red, que enmarca la estructura social basada en datos por medio de los sistemas de redes de información; el segundo la realidad virtual como tecnología que proporciona experiencias casi reales o creíblemente reales sintética, artificial y bajo un prima virtualizado (1), por otra parte, encontramos una segunda acepción como aquel sistema grafico de computación interactiva que genera ilusiones en tres dimensiones (2), generando lo anterior tres secciones básicas para su aplicación: la inmersión, la interactividad y la información intensa (3); y finalmente un tercer concepto, el Metaverso como una infraestructura canalizada a través de una red inteligente que mediante sistemas de inteligencia artificial (IA), recapta y genera datos a tiempo real de cada usuario conectado ofreciendo una recreación completa de la realidad natural mediando tecnología háptica sensorial y cognitiva (4).
Ahora bien, debemos entender algunos de los principales conceptos que están entrelazados en el ámbito técnico-normativo para el Metaverso:
- Data mining: Extracción de información de relevancia en entornos de obtención y generación de datos.
- Metadatos: Comprende datos no normalizados a los compuestos por tipos de datos denominados “Meta”, que existen en todo documento digital. Los Metadatos son clasificados por el tipo de tipo que guardan, algunos son descriptivos, estructurales, administrativos, de geoposicionamiento y de contenido.
- Inteligencia artificial: Mecanismos basados en hardware y software dotados de la capacidad para la toma de decisiones de manera asistida o no asistida para el desempeño de tareas previamente programadas o de forma autónoma.
De esta manera, es valioso señalar al metaverso como infraestructura basada en datos, los cuales son obtenidos de los usuarios consecuencia de su propia interacción en él, misma que lo retroalimenta, por tanto debe ser regulado (recordando que ni siquiera el Reglamento UE 2016/679 está preparado para este desafío), con la finalidad de garantizar el correcto tratamiento de los datos automatizados, la protección sobre el acceso a la esfera privada e íntima de cada persona en ese espacio virtual.
- Avance para la impartición de Justicia en el Metaverso. Caso de Audiencia en Colombia
El 10 de febrero del año en curso 2023, el despacho 01 del Tribunal Administrativo del Magdalena en Colombia dio a conocer la solicitud de la parte demandante, la Unión Temporal de Servicios Integrados y Especializados de Tránsito y Transporte de Santa Marta (SIETT) para realizar audiencia a través del Metaverso (5), misma que fue desempeñada el pasado miércoles 15 de febrero, dicho encuentro estuvo presidido por la Magistrada María Victoria Quiñones Triana (6) macando así un precedente histórico en ese país.
Sin embargo, ¿cuáles son los recursos normativos que permitieron realizar esta audiencia mediante el metaverso? Iniciamos con la Ley 527 de 1999 por la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, comercio electrónico y firmas digitales, enfocando así su artículo 2°, inciso a que señala el concepto de mensaje de datos como
La información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax;(…)”
Adicionalmente se reconoce en la normativa en comento, el principio de equivalencia funcional al expresar que “los documentos electrónicos están en capacidad de brindar similares niveles de seguridad que el papel, y en la mayoría de los casos, un mayor grado de confiabilidad y rapidez […]”, esto es importante porque dicho principio está catalogado para que el juzgador le atribuya el mismo valor y eficacia probatoria a los mensajes de datos y firmas electrónicas que la Ley tiene para instrumentos escritos.
Además se nos indica dentro de los recursos normativos la Ley 141 de 2009, artículo 2°, los Decretos 2364 y 2393 de 2012 y el artículo 15.6 del Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América aprobado por la Ley 1143 de 2007, que se pronuncian sobre el principio de neutralidad con el fin de adoptar o mantener legislación en temas de autenticación electrónica.
Posteriormente, ubicamos el artículo 103 del Código General del Proceso (CGP) que dispone sobre la admisibilidad y fuerza probatoria por medios tecnológicos lo siguiente:
En todas las actuaciones judiciales deberá procurarse el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones con el fin de facilitar y agilizar el acceso a la
justicia, así como ampliar su cobertura. Las actuaciones judiciales se podrán realizar a través de mensajes de datos. La autoridad judicial deberá contar con mecanismos que permitan generar, archivar y comunicar mensajes de datos. (…).
Además de señalar la reciente Ley 2213 de 2022, comprendiendo la implementación de las tecnologías de la información y comunicación en las actualizaciones judiciales, agilizar procesos y flexibilizar la atención a los justiciables, (esta normativa aplico para el uso del aplicativo ChatGPT en la sentencia resulta por el Juzgado de Instancia Laboral del Circuito de Cartagena). (7).
Precisamente en ese orden de ideas, se realizó la audiencia virtual en el metaverso, no significando con ello la violación al debido proceso ni a las reglas propias de las actuaciones judiciales, ya que con lo establecido anteriormente, existe reconocimiento jurídico de los mensajes de datos, avalado también jurisprudencialmente (Sentencia C-662/00 del 8 de Junio del 200, Corte Constitucional de Colombia).
Cabe destacar que, la audiencia se desempeñó por medio de la plataforma Horizon Workrooms de Meta desde la cual dirigió la Magistrada Quiñones, los participantes utilizaron gafas de realidad virtual Oculus Quest 2, y quienes no contaron con este instrumento se conectaron a través de una computadora. Además se utilizó el aplicativo ChatGPT para conocer los mecanismos de verificación de identidad de los participantes, en ese sentido, la IA solicito una suma de nombre de usuario y contraseña.
Podemos remarcar que el Despacho 01, fundamenta la tutela de los derechos fundamentales en el entorno digital de los sujetos procesales en el audiencia desempeñada en el Metaverso, tras lo dicho en este segundo punto del artículo, añadiendo y recordando lo dispuesto por el artículo 180 y 186 de la Ley 1437 de 2011, y los artículos 103 y 107 del CGP y de la Ley 527 de 1999. En el siguiente apartado daremos a conocer algunos desafíos para establecer esta tecnología en el caso de Colombia.
- Oportunidades y desafíos del derecho para su aplicación en el Metaverso
Empezamos con las oportunidades que ofrece el metaverso, el cual resulta ser un espacio importante para el eficiamiento del derecho en sociedad. En los casos de la capacitación de temas jurídicos tanto para abogados, estudiantes de leyes como para no abogados, y además para brindar servicios jurídicos como la resolución de conflictos vía extrajudicial.
A continuación señalaremos brevemente algunos casos donde se establece el Metaverso para diversas áreas el derecho:
- Businessverso (México): Es una startup mexicana de modelación de espacios y objetos en realidad aumentada para crear experiencias a usuarios alrededor del mundo. Dentro de sus servicios comprende la auditoria de universos paralelos, crear activos virtuales en 3D, ofrecer experiencia inversiva en salas de realidad aumentada, entre otros (8).
- Simulación de Mediación Judicial en el Metaverso (Argentina): En el marco de los trabajos del Primer congreso ODR Expo Tech 2022 del NOA auspiciado por la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino (UNSTA) se desempeñó la primera simulación completa de una mediación en el Metaverso. Dicha actividad fue elaborada por los abogados Ignacio Noble, director del Centro de Mediación Judicial de Tucumán, Marco Rossi y Franco Javier Orellana, secretario y relator del Juzgado del Trabajo de la IX Nominación del Centro Judicial Capital, respectivamente (9).
- A-LEX. Simulador de Juicios Orales (México): Brinda la práctica del conocimiento teórico adquirido por estudiante de derecho en el mundo virtual, teniendo como uno de sus principales objetivos que el software fue desarrollado como videojuego, lo cual facilita interactuar en tiempo real en una audiencia de juicio oral, además de realizar sus propias audiencias y establecer rutas con las cuales pueden concluir los juicios. (10) (También puedes consultar el podcast Coffee Law para conocer más sobre el simulador: https://bit.ly/3lNvcGv)
Con respecto a los desafíos, podemos señalar la necesaria homologación de la normativa vigente, ahora no solo para una cooperación internacional para la persecución de un delito sino para establecer una Legislación Dual, es decir, que las figuras jurídicas que operan en la realidad natural tradicional, apliquen también para la realidad virtual del mundo digital.
En lo dicho anteriormente, señalamos situaciones/escenarios donde resulta importante esta Legislación Dual, la primera es el derecho a la ciberseguridad donde resulta indispensable considerar al Metaverso como infraestructura crítica (reconocimiento la Directiva europea 2008/114/CE), ya que se estarán efectuando una gran cantidad de actividades vitales de todo el orbe paralelamente.
Por supuesto, el escenario del costo, es decir, la inversión económica que requiere hacer una jurisdicción para aplicar la tecnología, en este punto, regresamos al caso comentado en Colombia, donde es importante tener como mínimo para realizar de una audiencia en el mundo digital: (I) Gafas de realidad virtual con un valor de 490 dólares aproximadamente y (II) Conexiones dedicas o velocidades superiores a 200 megas simétricos para evitar lags (tiempos de espera) en el transcurso de la sesión.
Finalmente, indicamos el escenario para el reconocimiento de los “nuevos derechos humanos” o también denominados neuroderechos en el Metaverso, debido al análisis de la información obtenida de los movimientos corporales, las ondas cerebrales y respuesta fisiológicas de las personas, consecuencia de los instrumentos tecnológicos aplicados en esos contextos, lo cual prioriza el proteger los derechos a la identidad digital personal, privacidad metal, libre albedrio, protección contra sesgos y discriminaciones, entre otros.
- Conclusión General
Sin duda, la realidad tecnológica en la cual está inmerso el mundo, propicia escenarios paradójicos, es decir, por cada ventaja aparente existe un cierto riesgo, bastante parecido a las situaciones de la realidad natural, donde por cada derecho se contempla una obligación, sin embargo, se padece del desconocimiento de los limites, de un correcto razonamiento e interpretación del derecho, impactando negativamente sobre el uso armónico de las tecnologías de la información y de la comunicación para la sociedad, generando con ello un arma en lugar de una herramienta.
El metaverso siendo un espacio que brinda múltiples bondades para ámbitos académicos, corporativos y jurídicos, tal parece que ante una sociedad desinformada, crea una involución donde se aprovecha su espectro de uso para actuaciones de naturaleza ilícita, que buscan el libertinaje, el uso inadecuado de derechos como el anonimato para el desempeñar acciones en perjuicio de una persona o institución. De esta manera, exhortando a los diversos actores sociales a involucrase más, procurando un espacio de legalidad, de ética y desarrollo idóneo.
- Fuentes de consulta
- HEIM, M. (1998) Virtual Reality, Oxford University Press, New York.
- SHUTERLAND, I.E. (1965) The Ultimate Display, Proceedings of the 1965 IFIP Congress, 2, 506-508.
- VIRTUAL REALITY. IN: FURHT B. (2008) (eds) Encyclopedia of Multimedia. Springer, Boston, MA. https://doi.org/10.1007/978-0-387-78414-4_255
- NISA ÁVILA, JAVIER ANTONIO. El Metaverso: conceptualización jurídica, retos legales y deficiencias normativas. https://www.worldcomplianceassociation.com/3050/articulo-el-metaverso-conceptualizacion-juridica-retos-legales-y-deficiencias-normativas.html
- Solicitud de Realización de Audiencia en el Metaverso. Tribunal Administrativo del Magdalena Despacho 01. República de Colombia. https://www.diariojudicial.com/public/documentos/000/107/165/000107165.pdf
- Audiencia Inicial en el Metaverso. Reparación Directa Rad. 2020-014 SIETT VS POLICIA NACIONAL https://www.youtube.com/watch?v=LXi2TX9OBmQ
- Sentencia No. 032. Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura. República de Colombia. https://bit.ly/40jYADJ
- Startup Businessverso (México). Sitio web: https://businessverso.com.mx
- Primera simulación de una mediación completa en Metaverso (Argentina). https://bit.ly/3ICF0vJ
- A-LEX Simulador de Juicios Orales (México). https://www.simuladordejuicios.com/
- Líder indígena, Huni Kuin, ONU,biopiratería, Australia, edad mínima, redes sociales - noviembre 25, 2024
- NCC Radio Ciencia – Emisión 286 – 25/11/2024 al 01/12/2024 – Encuentran altos niveles de metales pesados en aves marinas de Galápagos - noviembre 25, 2024
- NCC Radio Tecnología – Emisión 286 – 25/11/2024 al 01/12/2024 – Árbol robot con inteligencia artificial: una propuesta desde Bucaramanga - noviembre 25, 2024