Por: Mtro. Rodolfo Guerrero Martínez (México).

 

La actual arquitectura de la denominada Cuarta Revolución Industrial ha posicionado a la inteligencia artificial (IA) como una tecnología de propósito general con una capacidad transformadora equiparable a los hitos más significativos de la historia económica (Brandao, 2025).

No obstante, bajo la promesa de una democratización tecnológica absoluta, subyace lo que expertos y académicos comienzan a diseccionar como una ilusión de universalidad. Aunque la narrativa predominante sugiere un progreso lineal y equitativo, la evidencia empírica revela una realidad fracturada por disparidades estructurales, mitos de inmunidad laboral y una profunda crisis de confianza institucional.

Por consiguiente, en el ámbito del derecho y las nuevas tecnologías, es imperativo analizar si estamos ante una herramienta de empoderamiento global o ante un mecanismo que exacerba las asimetrías preexistentes.

 

1.-LA PARADOJA DE LA CREACIÓN DE EMPLEO

En el contexto de una fase de transición acelerada impulsada por la inteligencia artificial generativa, la velocidad de adopción de esta tecnología supera notablemente las revoluciones industriales previas, como la electricidad y el motor de vapor, que tardaron décadas en integrarse plenamente al tejido social.

Acorde con el Informe sobre el Futuro del Empleo, se proyecta que para el año 2030 la automatización basada en IA podría desplazar alrededor de 85 millones de empleos, al tiempo que generaría aproximadamente 97 millones de nuevas posiciones laborales (World Economic Forum, 2025).

Sin embargo, el saldo neto positivo de 12 millones de empleos esconde un desajuste temporal significativo, ya que la eliminación de trabajos rutinarios ocurre casi de inmediato gracias a la eficiencia de los algoritmos, mientras que la creación de nuevas funciones exige un nivel de sofisticación técnica y procesos de reentrenamiento que la fuerza laboral actual enfrenta con dificultades para absorber a la misma velocidad.

Así, este desequilibrio produce un riesgo de desempleo transitorio prolongado y precarización en los sectores menos calificados. Un caso se encuentra en el ámbito de los servicios, el puesto de analista de datos de IA experimenta un crecimiento exponencial, pero un cajero de comercio minorista o un administrativo de entrada de datos enfrenta una probabilidad de automatización cercana al 80% en el corto plazo, quedando en una situación de vulnerabilidad profesional si no se implementan políticas públicas de reconversión laboral inmediata.

 

2.-EL MITO DE LA INMUNIDAD PROFESIONAL

En el marco de la transformación digital impulsada por la inteligencia artificial, se observa que el ámbito de las profesiones tradicionalmente asociadas al trabajo cognitivo avanzado y la educación superior, consideradas hasta ahora como un escudo frente a la automatización, se encuentra en proceso de redefinición.

Conforme a Dahlin (2024), la idea de un excepcionalismo de la IA plantea que esta tecnología representa una ruptura cualitativa respecto a olas previas, pues afecta directamente ocupaciones que históricamente se percibían inmunes al reemplazo tecnológico. En este sentido, la emergencia de modelos lingüísticos de gran escala (LLMs), capaces de procesar razonamientos lógicos complejos, ha erosionado la percepción de seguridad profesional.

Por lo tanto, el mito de la inmunidad profesional se desvanece ante la evidencia de que la IA puede impactar tareas cognitivas no rutinarias de alto nivel; abogados, contadores y analistas financieros, entre otros, enfrentan una vulnerabilidad inédita, ya que sus competencias centrales de síntesis y análisis están siendo replicadas por sistemas que operan a menores costos, lo que obliga a una reconfiguración del rol del trabajador del conocimiento, ahora convertido en curador de algoritmos.

Por ejemplo, en el sector legal, la incorporación de IA en la realización de investigaciones jurisprudenciales y la redacción de contratos ha reducido la demanda de personal de apoyo y ha llevado a los profesionales sénior a orientar su labor hacia la consultoría estratégica y ética, evidenciando cómo la IA transforma tanto las funciones como la identidad profesional en contextos altamente especializados.

3.- LA BRECHA DE GÉNERO Y GEOGRAFÍA

Actualmente, la desigualdad en el acceso a infraestructura digital —incluyendo electricidad confiable, banda ancha y servicios en la nube— constituye un elemento central que contribuye a la persistencia de diferencias en productividad entre países. Tal como señala el Fondo Monetario Internacional, en las economías avanzadas la exposición laboral a la inteligencia artificial se sitúa en torno al 60%, en contraste con el 26% observado en los países de bajos ingresos (IMF, 2024).

Cabe señalar que esta menor exposición no representa una forma de protección ante la automatización, sino que más bien evidencia un atraso tecnológico que restringe la posibilidad de aprovechar las ventajas que ofrece la IA.

Además, las mujeres enfrentan un riesgo elevado de desplazamiento laboral, dado que predominan en puestos administrativos y clericales, los cuales resultan especialmente vulnerables frente a la automatización generada por la IA.

A partir de este fenómeno, se consolida un nuevo colonialismo tecnológico y se profundiza la brecha de desigualdad de género. En contraste, mientras una compañía en Singapur adopta agentes de IA para optimizar toda su cadena logística internacional, una persona trabajadora en una economía emergente sigue realizando sus actividades de forma manual por la falta de acceso a conectividad, lo que resulta en una desventaja competitiva en el mercado global de exportaciones.

 

4.-EL DILEMA DE LA CONFIANZA

En el actual entorno marcado por la opacidad algorítmica, caracterizado por el funcionamiento de sistemas de inteligencia artificial como cajas negras y la proliferación de fenómenos como la desinformación masiva y los deepfakes, la confianza social en la IA se ve profundamente erosionada, especialmente cuando se consideran los riesgos para la integridad de los procesos democráticos (Gillespie et al., 2025).

En este contexto, resulta relevante señalar que, de acuerdo con Pew Research Center (2025), persiste una divergencia significativa en la percepción de la IA: mientras el 56% de los expertos adopta una postura positiva hacia esta tecnología, únicamente el 11% del público en general comparte dicho optimismo.

Dicha disparidad evidencia una crisis de confianza fundamentada en la distancia entre la utilidad técnica de la IA y la suficiencia de su gobernanza ética; si bien los usuarios reconocen la eficacia de la IA para resolver tareas específicas, persiste una profunda desconfianza respecto al manejo de datos personales y la adecuación de la regulación gubernamental vigente.

Por ello, la construcción de una inteligencia artificial confiable demanda no solo el cumplimiento técnico, sino también el establecimiento de mecanismos de gobernanza transparentes que prioricen los derechos humanos por encima de la eficiencia de mercado.

Como ilustración de lo precedente, un ciudadano puede beneficiarse del uso de un chatbot para sintetizar noticias, pero simultáneamente experimentar inquietud ante la posibilidad de que esa misma tecnología sea utilizada —sin su consentimiento— para influir en su intención de voto mediante la generación de perfiles psicológicos algorítmicos, lo que evidencia el dilema ético subyacente.

 

 

CONCLUSIÓN GENERAL

La ilusión de una inteligencia artificial omnipresente y beneficiosa para todos es, en el estado actual, una aspiración empañada por realidades de exclusión y riesgos sistémicos. A pesar de que la tecnología posee un enorme potcial para incrementar la productividad y abordar desafíos complejos, su despliegue actual suele beneficiar principalmente a aquellos sectores y regiones que ya cuentan con recursos, relegando a los grupos más vulnerables a condiciones de mayor fragilidad frente a la automatización y la vigilancia algorítmica.

Desde la perspectiva del derecho y la tecnología, el camino a seguir debe centrarse en un diseño institucional centrado en el ser humano, que garantice que la IA sea una herramienta de complementariedad y no de sustitución desmedida.

Esto implica una inversión masiva en alfabetización digital, marcos regulatorios transfronterizos que limiten el poder de las corporaciones tecnológicas y políticas de seguridad social adaptadas a la nueva dinámica del trabajo.

Solo mediante una gobernanza ética y proactiva será posible transformar la ilusión actual en una realidad donde la inteligencia artificial contribuya genuinamente a la equidad y la prosperidad compartida a escala global.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Brandao, P. R. (2025). The impact of artificial intelligence on modern society. AI 2025, 6, 190. https://doi.org/10.3390/ai6080190

Dahlin, E. (2024). Who says artificial intelligence is stealing our jobs? Socius: Sociological Research for a Dynamic World, 10, 1–13. https://doi.org/10.1177/23780231241259672

Gillespie, N., Lockey, S., Ward, T., Macdade, A., & Hassed, G. (2025). Trust, attitudes and use of artificial intelligence: A global study 2025. University of Melbourne and KPMG.

International Monetary Fund. (2024). AI and the global economy. IMF Working Paper WP/24/62.

Pew Research Center. (2025). How the U.S. public and AI experts view artificial intelligence.

World Economic Forum. (2025). The future of jobs report 2025: Employment transitions in the age of artificial intelligence and automation.

 

 

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Ro­dol­fo Gue­rre­ro es abo­ga­do por la Be­ne­mé­ri­ta Uni­ver­si­dad de Gua­da­la­ja­ra y maes­tro en de­re­cho con orien­ta­ción en ma­te­ria Cons­ti­tu­cio­nal y ad­mi­nis­tra­ti­vo por la mis­ma casa de es­tu­dios. Es So­cio Fun­da­dor y Re­pre­sen­tan­te Le­gal de la So­cie­dad Ci­vil Cof­fee Law “Dr. Jor­ge Fer­nán­dez Ruiz”. So­cio fun­da­dor de la Aca­de­mia Me­xi­ca­na de De­re­cho “Juan Ve­lás­quez” A.C. Ti­tu­lar de la Co­mi­sión de Le­gal­tech del Ilus­tre y Na­cio­nal Co­le­gio de Abo­ga­dos de Mé­xi­co A.C. Ca­pí­tu­lo Oc­ci­den­te. Vi­ce­pre­si­den­te de la Aca­de­mia Me­xi­ca­na de De­re­cho In­for­má­ti­co, Ca­pí­tu­lo Ja­lis­co.